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Programa Kit Digital · C032/21-ED

Cómo darse de alta como Agente Digitalizador Adherido

Todo lo que hay que tener listo, en qué orden y dónde se presenta para que Red.es reconozca a la entidad como Agente Digitalizador Adherido y pueda firmar Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización con los beneficiarios del bono digital. Cada punto se marca conforme se cierra y el progreso queda guardado en este navegador.

Plazo de presentación
Abierto mientras dure el Programa
Solicitudes por entidad
Una sola
Plazo máximo de resolución
6 meses

Qué es y qué implica

El Anuncio de Adhesión C032/21-ED es el procedimiento por el que una empresa entra en el Catálogo de Agentes Digitalizadores Adheridos. No es una subvención que se cobra: es una habilitación para poder prestar, y cobrar vía bono digital, las soluciones del Kit Digital.

Qué aporta la condición de Agente Digitalizador Adherido

Solo los Agentes Digitalizadores Adheridos pueden firmar Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización con los beneficiarios de las ayudas y cobrar el bono digital mediante cesión. La oferta de la entidad pasa a figurar en el Catálogo de Soluciones de Digitalización publicado en Acelera Pyme, que es donde los beneficiarios buscan proveedor.

La regla de oro del calendario Un acuerdo con un beneficiario solo es válido si su fecha de formalización es posterior a la fecha de reconocimiento como Agente Digitalizador Adherido, que consta en la resolución del Director General de Red.es. Firmar antes no adelanta nada: invalida el acuerdo.

Fuente: Anuncio de Adhesión C032/21-ED, apartados primero y segundo; Orden ETD/1498/2021, arts. 9 a 12.

Los cinco requisitos

Se acreditan en el momento de presentar la solicitud y hay que mantenerlos después. Red.es puede comprobar de oficio casi todos, pero también puede exigir la prueba documental después de la resolución, así que conviene guardar los justificantes desde el principio.

Comprobación de requisitos

Este bloque es a la vez el checklist de requisitos y el verificador. Al indicar la facturación y marcar cada requisito cumplido, el diagnóstico de abajo se actualiza solo, y lo marcado cuenta en la barra de progreso de la cabecera.

Tipo de solicitante

Indica la facturación y marca los requisitos para ver el resultado

Esta comprobación es orientativa y no sustituye a la Orden de Bases ni al Anuncio de Adhesión.

Los umbrales de facturación, en detalle

Solicitante Dos años anteriores (acumulado) Año anterior
Empresas y autónomos con trabajadores 100.000 € 50.000 €
Autónomos sin trabajadores a su cargo 70.000 € 35.000 €

Basta con cumplir una de las dos columnas. Tiene que ser facturación en proyectos similares: proyectos ya desarrollados cuyo objeto sea la adopción de soluciones encuadrables en alguna de las categorías del Anexo IV de la Orden de Bases. Los importes se indican excluyendo los impuestos indirectos, esto es, la base imponible.

Cómo se cuentan los años No son ejercicios naturales: se cuentan hacia atrás desde la fecha en que se presenta la solicitud. Presentando el 5 de julio, el «año n» va del 6 de julio del año anterior al 5 de julio actual, y el «año n-1» son los doce meses previos a esa fecha.
Novedad de 2024: facturación en otros países de la UE Desde la Orden TDF/435/2024 y la 2ª modificación del Anuncio, el conocimiento del mercado español también puede acreditarse con facturación acumulada en mercados de otros Estados miembros de la UE, acompañada de una declaración responsable de conocimiento de las peculiaridades del mercado español relacionadas con las soluciones a prestar, conforme al modelo recogido en el Anuncio.

Fuente: Anuncio de Adhesión, apartado tercero y Anexo I; Resolución de 2ª modificación del Anuncio (13/05/2024); FAQs 1.1.5, 1.1.7 y 1.2.20.

La web del Kit Digital

Es el requisito donde más solicitudes se atascan, porque es el único que hay que construir. Tiene que estar publicada y accesible antes de presentar, en un dominio del propio Agente Digitalizador y con el contenido mínimo que fija el Anexo II del Anuncio.

No hace falta tocar la web actual La exigencia es que la información viva en un dominio del Agente Digitalizador, no que cambie la web corporativa. Las dos vías habituales son crear una página o sección específica dentro del sitio actual, por ejemplo midominio.es/kit-digital, o levantar un subdominio dedicado del tipo kitdigital.midominio.es. Cualquiera de las dos cumple, y el subdominio tiene la ventaja de aislar la estética y los logos obligatorios del resto de la marca.

Contenido mínimo, por cada solución ofertada

Qué dice el Anexo IV de la Orden de Bases Es el catálogo normativo de categorías de soluciones de digitalización. Para cada categoría define tres cosas: los requisitos funcionales mínimos que la solución debe cumplir para ser subvencionable, los segmentos de beneficiario a los que se dirige y el importe máximo de ayuda por segmento, además del reparto entre la fase de implantación y los doce meses de prestación del servicio.

Por ejemplo, en «Sitio web y presencia básica en internet» el Anexo IV exige, entre otras cosas, dominio propio durante al menos doce meses, alojamiento, una estructura mínima de páginas, diseño adaptable a móvil, autogestión de contenidos por parte del beneficiario, posicionamiento básico en buscadores y accesibilidad conforme al nivel AA de las WCAG 2.1. Lo que la web debe permitir ver es que la solución ofertada cubre esos mínimos, categoría por categoría. Antes de redactar cada ficha conviene leer la categoría concreta en el Anexo IV, porque los requisitos cambian bastante de una a otra.

Información y comunicación obligatoria

Fuente: Anuncio de Adhesión, Anexo II; Orden ETD/1498/2021, Anexo IV; FAQs 1.1.11 y 1.1.12; PKD Manual de Identidad para Digitalizadores (enero 2024), pág. 18.

Antes de entrar en la Sede

Media hora aquí ahorra un mes después. La Sede Electrónica no perdona: si un firmante no está registrado previamente, el formulario no permitirá añadirlo.

Preparación técnica y de representación

Datos que pedirá el formulario

Identificación

  • NIF y razón social
  • Fecha de inicio de actividad
  • Tipo de entidad: persona física o jurídica
  • Tamaño: micro, pequeña, mediana, no PYME o entidad no mercantil
  • Código NACE (CNAE europeo, Rev. 2)
  • Domicilio fiscal completo
  • Centro de prestación de las actividades

Representante y datos económicos

  • NIF o NIE, nombre y apellidos del representante
  • Tipo de representante tal y como figura en escrituras
  • Teléfono y correo electrónico, que es la única vía válida de aviso
  • Volumen de negocio anual de los dos últimos ejercicios cerrados
  • Plantilla media anual de esos dos ejercicios, según TGSS
Sobre el correo de contacto Conviene añadir el segundo correo opcional, el de la persona que vaya a ejecutar el proyecto. Los avisos de notificación son el único aviso que se recibe y el plazo de subsanación corre desde la lectura.

Fuente: Guía de presentación de solicitudes (febrero 2023), apartados 4.2 y 5.1; FAQs 2.3.1 y 2.3.2.

Paso a paso en la Sede

El orden importa: firmar no es presentar, y si se cierra el navegador después de firmar sin pulsar «Presentar», la solicitud no existe.

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Abrir el procedimiento

Ficha oficial en la Sede: Anuncio de adhesión de Agentes Digitalizadores (C032/21-ED). Ahí están publicados el Anuncio, sus modificaciones, las FAQs, el Manual de Identidad, los logos y todas las resoluciones.

Acceso directo al formulario: presentar solicitud de adhesión. Para consultar un expediente ya iniciado: mis solicitudes.

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Autenticarse y darse de alta como interesado

Acceso con certificado digital, Cl@ve o usuario y contraseña. La primera vez aparece «Alta interesado»: hay que cumplimentar los datos, la contraseña, el código de seguridad y marcar el consentimiento expreso.

Este paso se repite con cada persona que vaya a firmar, antes de iniciar el formulario.

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Rellenar el formulario

  • A. Datos del solicitante. Identificación, domicilio fiscal, centro de prestación y representante.
  • B. Declaraciones responsables. Cumplimiento de requisitos, ausencia de conflicto de intereses, cesión y tratamiento de datos del PRTR, y compromiso PRTR con el principio DNSH. Los cuatro conceptos se explican abajo.
  • C. Autorizaciones. Autorizar a Red.es a consultar de oficio ahorra aportar documentos. Si la entidad se opone, tendrá que subirlos todos.
  • D. Datos económicos. Volumen de negocio y plantilla media de los dos últimos ejercicios cerrados. Un cero se escribe; un año sin actividad se deja en blanco.
  • E. Experiencia previa en proyectos similares. La tabla de proyectos. Es la declaración responsable que sostiene el requisito de facturación.
  • F. Servicios a prestar. Categorías solicitadas y, por cada una: URL del portal web, si aplica a cualquier sector productivo (y si no, qué NACE) y la zona geográfica de actuación.

Categorías que se van a solicitar en el apartado F

Se dará servicio en todas las siguientes:

  • Sitio Web y Presencia en Internet
  • Comercio Electrónico
  • Redes Sociales
  • Gestión de Clientes
  • Business Intelligence y Analítica
  • Gestión de Procesos
  • Factura Electrónica
  • Presencia Avanzada en Internet
  • Marketplace
  • Puesto de Trabajo Seguro
  • Gestión de Clientes con IA asociada
  • Business Intelligence y Analítica con IA asociada
  • Gestión de Procesos con IA asociada

Cada una de estas categorías necesita su propia ficha en la web dedicada, con nombre de solución, descripción, precio o rango de precios y evidencia de que cumple los mínimos del Anexo IV. La URL que se indique para cada categoría debe llevar a esa información.

Qué son PRTR y DNSH

  • PRTR. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia: el plan español a través del cual se canalizan los fondos europeos Next Generation EU. El Kit Digital es una de sus actuaciones, y de ahí vienen las obligaciones de publicidad y de control.
  • Declaración de cesión y tratamiento de datos del PRTR. Consentimiento para que los datos aportados se cedan a los sistemas de gestión y seguimiento del Plan y a los órganos de control nacionales y europeos, entre ellos la Comisión Europea, la OLAF, el Tribunal de Cuentas Europeo y la Fiscalía Europea, a efectos de auditoría y de prevención del fraude.
  • Compromiso PRTR. Declaración de que la entidad asume las obligaciones de ejecución del Plan: cumplimiento de la normativa nacional y europea aplicable, prevención del fraude, la corrupción, el conflicto de intereses y la doble financiación, y conservación de la documentación para las auditorías.
  • Principio DNSH. Del inglés Do No Significant Harm, «no causar un perjuicio significativo». Recogido en el art. 17 del Reglamento (UE) 2020/852, obliga a declarar que la actuación no perjudica de forma relevante a ninguno de los seis objetivos medioambientales de la UE: mitigación del cambio climático, adaptación al cambio climático, uso sostenible del agua, economía circular, prevención de la contaminación y protección de la biodiversidad. En soluciones digitales se cumple sin medidas especiales, pero la declaración es obligatoria.

Base: Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, art. 8.1; Anuncio de Adhesión, Anexo I, punto VIII; Orden ETD/1498/2021, art. 11.

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Adjuntar la documentación

Copias digitalizadas de los originales, en castellano, firmadas digitalmente por el representante legal. Lo que no esté en castellano necesita traducción jurada. El detalle está en el apartado siguiente.

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Continuar y revisar la vista previa

Al pulsar «Continuar» se muestra una vista previa. Es el último momento para volver atrás y corregir: una vez firmada, ya no se puede modificar ningún dato.

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Firmar y luego presentar

Primero Firmar y después Presentar. Son dos acciones distintas: sin la segunda, la solicitud no queda presentada.

Con firma mancomunada, el primer firmante firma y cierra el formulario; los siguientes entran en Mis Trámites, Mis solicitudes, encuentran la solicitud con los datos ya rellenos y firman en orden. El último firmante es quien pulsa «Presentar».

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Descargar el justificante

Se muestra el resguardo con la fecha de registro de entrada y el número de expediente, con el formato 202X/C032/XXXXXXXX. Ese número será el código de identificación como Agente Digitalizador Adherido. Hay que descargarlo y guardarlo.

Una sola solicitud por entidad Cualquier solicitud posterior del mismo solicitante no se tomará en consideración hasta que la primera esté resuelta. Si se detectan datos incorrectos antes de que se resuelva, el camino es presentar renuncia en el expediente, esperar a que se tramite y volver a solicitar con los datos correctos.

Fuente: Guía de presentación de solicitudes, apartados 4.2, 5.1 y 5.2; FAQs 1.1.8, 1.1.13, 1.1.14, 2.3.1 y 2.3.2.

Documentación a adjuntar

Casi todo se puede verificar de oficio si se autoriza a Red.es en el apartado C del formulario. Hay una excepción importante: la acreditación de la representación se aporta siempre.

Siempre, se autorice o no la consulta de oficio

Solo si la entidad se opone a la consulta de oficio

Preparado por si se requiere después

La comprobación de lo declarado en declaración responsable puede hacerse después de la resolución. Si llega la notificación «C03221ED_Notificación Requisitos DR», habrá 10 días hábiles para aportar esto. Conviene tenerlo montado desde el principio.

Fuente: Anuncio de Adhesión, Anexo I; Guía de presentación de solicitudes, apartado 5.2; FAQs 1.2.19, 1.2.20 y 1.2.21.

Después de presentar

A partir de aquí el expediente se mueve solo y la entidad reacciona. Todos los plazos son cortos y empiezan a contar desde que se lee la notificación en la Sede.

Los plazos que se llevan expedientes por delante Toda documentación aportada fuera de plazo no podrá ser tenida en cuenta, y en la fase de alegaciones ya no se admite lo que debió presentarse en subsanación. Mejor no abrir una notificación hasta tener la capacidad de responderla.
Situación Plazo Desde cuándo
Requerimiento de subsanación 10 días hábiles Lectura del requerimiento en la Sede
Notificación Requisitos DR 10 días hábiles Día siguiente a la recepción
Notificación de Información de AD 10 días hábiles Día siguiente a la recepción
Alegaciones a un inicio de baja de oficio 5 días hábiles Lectura de la Resolución de Inicio
Audiencia previa a la baja de referencias 5 días Notificación
Resolución del procedimiento Máximo 6 meses Presentación de la solicitud. El silencio es desestimatorio
Recurso de reposición 1 mes Notificación de la resolución

Estados del expediente y qué significan

Estado Qué significa
Solicitud de adhesión La solicitud está presentada o en cumplimentación.
En tramitación Red.es está validando el expediente. No hay nada que hacer.
Aportar documentación Se requiere documentación acreditativa. El botón «Aportar documentación» solo está activo durante el plazo concedido.
Subsanación Falta algo o la consulta de oficio no fue concluyente. Formulario habilitado solo durante el plazo.
Alegaciones Se ha iniciado un procedimiento de baja de oficio y cabe alegar.
Agente Digitalizador Resuelto favorablemente. La entidad está en el Catálogo.
Resolución desestimada Errores en la solicitud, típicamente en el campo CIF o NIF, o por ser beneficiario del bono digital.
Resolución desistida No se subsanaron requisitos obligatorios, o lo aportado no era válido.
Resolución inadmitida Existe otra solicitud del mismo solicitante: duplicado.
Desistida por renuncia La renuncia se presentó voluntariamente para volver a solicitar con datos correctos.
Baja de oficio Red.es retira la condición tras el procedimiento de control.
Baja agente o baja de catálogo Baja voluntaria solicitada por la entidad.
Modificación de categorías Fase paralela, siempre disponible una vez adherido.
Solicitud información Se abre al año o más de adhesión, para acreditar empleo generado y domicilio en la UE.
Comunicación Vía de contacto oficial siempre abierta: dudas, incidencias, aportación de documentación.
Si la resolución es desfavorable Cabe presentar una nueva solicitud completa y bien documentada, que es la vía más rápida, o interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo. La documentación aportada fuera de los plazos del procedimiento ya no se tendrá en cuenta.

Fuente: Anuncio de Adhesión, apartados octavo, noveno y decimocuarto; FAQs 1.2.16, 1.2.17, 1.2.19, 1.2.22 a 1.2.25 y 2.3.5.

Obligaciones una vez adherido

El control de requisitos es continuo durante toda la vigencia del Programa, no un trámite de entrada.

Lo que hay que hacer siempre

  • Emitir las facturas de los servicios contratados por las pymes beneficiarias en formato Facturae 3.2. Las que no cumplan el estándar se rechazan en fase de justificación.
  • Mantener el domicilio fiscal y el centro de prestación en la UE, y comunicar cualquier cambio.
  • Mantener la web y sus contenidos mínimos al día.
  • Gestionar los acuerdos y su justificación en la Plataforma de Tramitación, Espacio Digitalizador.
  • Facilitar a Red.es cualquier información, investigación o inspección que requiera.

Lo que se puede cambiar

  • Categorías adheridas: añadir o quitar, cambiar la zona geográfica de actuación y corregir la URL, mediante el formulario de modificación en la Sede. Ya no hay que esperar 6 meses desde la adhesión: ese límite se suprimió en agosto de 2022.
  • Razón social y NIF: por comunicación en Sede, con documentación justificativa. Un autónomo no puede convertirse en sociedad por esta vía: hay que presentar solicitud nueva como entidad.
  • Representante o apoderado: por comunicación en el expediente, aportando escrituras y DNI.
  • Baja voluntaria: solo si no quedan trabajos pendientes de realizar o justificar. Presentada la baja, no se pueden firmar más acuerdos.
Declaración trimestral: probablemente no aplica Solo están obligados a la declaración trimestral de empresas contratadas e importe ejecutado los Agentes Digitalizadores de más de 1.000 empleados o con volumen anual de negocio superior a 100 millones de euros. Esos mismos están obligados a prestar servicio en toda la geografía española y a ejecutar al menos el 50 % del volumen a través de empresas contratadas.

Fuente: Anuncio de Adhesión, apartados quinto, décimo y decimoprimero; Resolución de revocación parcial de 02/08/2022; FAQs 1.2.2, 1.2.6, 1.2.9 a 1.2.15 y 1.2.26.

Errores que cuestan el expediente

Los ocho que más se repiten, según los propios documentos de Red.es.

Firmar y no presentar La solicitud se queda en el limbo. Firmar y presentar son dos botones distintos.
Firmantes sin registrar El formulario no permite añadir a quien no esté previamente dado de alta en la Sede.
Web incompleta o sin publicar Falta el precio, o falta la categoría, o los logos no son la versión con banderas. Subsanación asegurada.
Confundir precio de solución con importe de ayuda En la web va el precio o rango de precios de la solución, no los límites de ayuda de la Orden.
Certificados a nombre del representante Los certificados de estar al corriente deben estar expedidos a nombre de la entidad solicitante.
Facturación con IVA incluido Solo cuenta la base imponible. Declarar importes con impuestos indirectos infla la cifra y no se acepta.
Declarar proyectos que no encajan en el Anexo IV Los proyectos similares deben poder asociarse a una categoría de solución concreta, y la factura debe describirlo con claridad.
Abrir una notificación sin poder responderla El plazo corre desde la lectura. Abrirla un viernes por curiosidad se lleva dos días.

Quién hace qué

El alta la firma y la presenta el representante legal de la entidad: no es delegable sin apoderamiento expreso. Lo que sí puede asumirse desde fuera es que el expediente llegue a la Sede sin nada pendiente.

Piña Digital

  • Revisión previa de requisitos y de los umbrales de facturación con los datos reales de la entidad.
  • Definición del catálogo de soluciones y de las categorías a solicitar.
  • Especificación y revisión de la web dedicada al Kit Digital, contenido mínimo y logos.
  • Preparación del listado de proyectos similares y de su documentación de respaldo.
  • Acompañamiento durante la cumplimentación y en subsanaciones y requerimientos.

La entidad solicitante

  • Certificado digital del representante legal y poderes en vigor.
  • Alta de interesado y de firmantes en la Sede.
  • Firma y presentación de la solicitud.
  • Documentación societaria, fiscal y de Seguridad Social.
  • Vigilancia diaria del buzón de notificaciones y traslado inmediato de lo que llegue.
Pendiente de fijar en el acuerdo El reparto de arriba es la propuesta de partida. Los plazos comprometidos, la titularidad del dominio de la web dedicada y quién asume la relación con Red.es en subsanaciones se cierran en el acuerdo de colaboración.

Contactos y enlaces

Soporte funcional del Anuncio

Dudas sobre requisitos, solicitud, acuerdos y plataforma de tramitación.

900 906 677
infodigitalizador@acelerapyme.gob.es
Lunes a viernes, de 9:00 a 18:00

Soporte técnico de la Sede

Incidencias de acceso, certificado, firma o notificaciones.

901 904 060 · 910 305 412
soporte.sede@red.es
Lunes a viernes, de 9:00 a 18:00

Marco normativo aplicable: Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre (bases reguladoras), modificada por la Orden ETD/734/2022, de 26 de julio, y por la Orden TDF/435/2024, de 9 de mayo · Anuncio de Adhesión de Agentes Digitalizadores C032/21-ED, de 10 de enero de 2022 · Resolución de revocación parcial de 2 de agosto de 2022 · Resolución de 2ª modificación del Anuncio, de 13 de mayo de 2024 · Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.

Documento informativo elaborado por Piña Digital a partir de la documentación oficial publicada por Red.es. No sustituye a la Orden de Bases ni al Anuncio de Adhesión, que son los textos vinculantes en caso de duda, omisión o discrepancia. Estado del procedimiento verificado en la Sede Electrónica de Red.es el 28 de agosto de 2026.